El Fiscal Cristian Aguilar Aranela, obtuvo una sentencia de condena en contra de dos gendarmes, C.D.A.A y H.O.M.M. por el delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles inhumanos o degradantes, en perjuicio de un interno que se encontraba cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Antofagasta.
Los hechos por los que acusó el fiscal Aguilar son del siguiente tenor: el día 21 de diciembre de 2016, pasadas las 15:00 horas, la víctima, en su calidad de interno del CCP de Antofagasta cumpliendo condena de pena privativa de libertad- se encontraba dentro del módulo N° 88, correspondiente a población penal homosexual, lugar en el cual se produce una riña, lo que motiva la intervención del Grupo de Apoyo y Reacción Primaria de Gendarmería denominado Garp, entre los cuales se desempeñaba en ese momento los dos acusados los cuales abusando de su cargo ante lo que consideraron una mala respuesta de la víctima, y aprovechando su privación de libertad, lo separan del grupo de internos y lo llevan al pasillo ubicado a las afueras del módulo en cuestión para castigarlo en donde bajo la custodia del acusado C.D.A.A. y lo llevan al pasillo ubicado en las afueras del módulo en cuestión para castigarlo en donde bajo la custodia del acusado C.D.A.A, procede a pisarlo en su tobillo derecho, luxándoselo, para luego propinarle golpes de mano abierta en su rostro y cuerpo. Acto seguido, el acusado H.O.M.M. se apersona al pasillo en donde se encontraba el interno, le recrimina su conducta y nuevamente castigarlo a propinándole un puntapié en la zona abdominal, para luego con el bastón de servicio propinarle un golpe en la zona del tórax, mientras la víctima se encontraba tendido en el suelo, aún esposado, para en ese contexto abofetearlo y después levantarlo y sacudirlo para tirarlo al suelo, ordenando a personal a su cargo que lo mojaran con agua con una manguera, luego de todo lo cual se le niega una atención médica inmediata.
Producto de las agresiones y apremios antes señaladas, la víctima sufrió una contusión pie izquierdo”, según dato de atención de urgencia y hematomas en diferentes partes de su cuerpo, de carácter leve.
En este juicio intervino como querellante el Instituto de Derechos Humanos, INHD que narró hechos similares, aclarando que los incidentes se produjeron debido a que la víctima no miró a los ojos a los gendarmes cuando estos le dieron instrucciones, y respondió “escucho con las orejas no con los ojos”, cuestión que molestó a los acusados quienes decidieron castigar al interno. A juicio del INHD, los hechos son constitutivos del delito de torturas.
Durante el juicio la Fiscalía presentó prueba testimonial a cargo de la propia víctima, funcionarios de Gendarmería, efectivos de la Brigada del Crimen de la PDI, que tomaron parte en las investigaciones además de internos que fueron testigos de los hechos.
También se aportaron videos con imágenes de los hechos materia de la acusación y el dato de atención de urgencia con la constatación de las lesiones de la víctima.
Las defensas, a cargo de defensores privados solicitaron la absolución de sus defendidos con el argumento que durante el juicio no se podría probar la existencia del hecho punible.
El tribunal, luego de escuchar la prueba aportada por la Fiscalía y otros elementos probatorios aportados por las defensas, acogió la calificación jurídica de la Fiscalía y condenó a ambos funcionarios por el delito de apremios.
La lectura de sentencia con la pena que será aplicada se leerá el próximo martes
Fuente: Ministerio Público