MINISTERIO PÚBLICO EN CASO SQM CIERRA INVESTIGACIÓN Y COMUNICA DECISIÓN DE NO PERSEVERAR EN CONTRA DE 16 IMPUTADOS 

El Ministerio Público comunicó al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, el cierre de la investigación y la decisión de no perseverar en el procedimiento en contra de 16 investigados por delitos tributarios, en el marco del denominado caso Soquimich.

En la audiencia de comunicación de no perseverar, la magistrada Irene Rodríguez acogió el requerimiento fiscal, con el acuerdo de las partes, y dejó sin efecto la formalización y cautelares decretadas en contra de Luis Enrique Saldías Varas y Roberto Gustavo Sergio Guzmán Lyon, los que, además, fueron condenados en la causa en procedimientos abreviados, en 2017, por hechos diversos.

A Saldías y Guzmán se suman otros 14 indagados, respecto de quienes el Ministerio Público cerró investigación y comunicó el no perseverar en el procedimiento por no haber reunido el ente persecutor durante la investigación “antecedentes suficientes para fundar acusación en su contra”.

La decisión del Ministerio Público de no perseverar favorece a los indagados:
-Luis Enrique Saldías Varas por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Dasco Tecnologías S.A. a SQM S.A. y SQM Industrial S.A. y la boleta de honorarios emitida por Ricardo Arturo Muñoz Labra, a SQM Industrial S.A., contenidas en las querellas del Servicio de Impuestos Internos del 17 de abril de 2017 y del 12 de abril de 2016. Imputado que fue condenado en la causa en procedimiento abreviado, por sentencia del 17 de noviembre de 2017, por hechos diversos;

-Roberto Gustavo Sergio Guzmán Lyon por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las boletas ideológicamente falsas emitidas por Carlos Mario Jorge Manríquez Guerra, Juan Antonio Manríquez Santa Cruz y Mario Manríquez Santa Cruz a SQM S.A., y las boletas ideológicamente falsas de emitidas Guzmán y Manríquez, contenidas en la denuncia del Servicio de Impuestos internos del 24 de marzo de 2015 y 2 de abril de 2015. Imputado que fue condenado en la causa en procedimiento abreviado, por sentencia del 25 de octubre de 2017, por hechos diversos;

-Carolina Stephanie Fuentealba Rocco por hechos constitutivos del delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de una boleta propia emitida a SQM S.A., contenida en la denuncia del Servicio de Impuestos Internos del 2 de abril de 2015;

-Ricardo Antonio Brodsky Baudet por hechos constitutivos de los delitos reiterados previsto en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de facturas ideológicamente falsas emitidas por la empresa Claudio Canales EIRL a Asesores en Gestión Integral Limitada, contenidos en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 11 de mayo de 2015;

-Jorge Eduardo Rosenblut Ratinoff por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Asesorías y Negocios SpA a SQM SALAR S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 22 de septiembre de 2015;

-Michel Ángelo Jorratt de Luis por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Asesorías y Negocios SpA a SQM Salar S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 22 de septiembre de 2015;

-Jorge Cristián Quinzio Santelices por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Asesorías y Negocios SpA a SQM Salar S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 22 de septiembre de 2015;

-Enrique Antonio Olivares Carlini por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso primero, inciso segundo y tercero del Código Tributario, y artículo 64 de la Ley N°16.271 sobre impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, contenidos en la querella presentada por el Servicio de Impuestos Internos el 23 de marzo de 2015, querella del 24 de marzo de 2015, denuncia del 2 de abril de 2015, querella de 11 de mayo de 2015, querella del 19 de junio de 2015, querella del 30 de julio de 2015, querella del 30 de octubre de 2015, querella del 8 de marzo de 2016, querella del 6 de mayo de 2016, dos querellas del 6 de mayo de 2016, querella del 12 de abril de 2016 y tres querellas del 17 de abril de 2017;

-Patricio de Solminihac Tampier por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso primero, inciso segundo y tercero del Código Tributario, y artículo 64 de la Ley N° 216.271 sobre impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, contenidos en la querella presentada por el Servicio de Impuestos Internos el 23 de marzo de 2015, querella del 24 de marzo de 2015, denuncia del 2 de abril de 2015, querella del 11 de mayo de 2015, querella del 19 de junio de 2015, querella del 30 de julio de 2015, querella del 30 de octubre de 2015, querella del 8 de marzo de 2016, querella del 6 de mayo de 2016, dos querellas del 6 de mayo de 2016, querella del 12 de abril de 2016 y tres querellas del 17 de abril de 2017;

-Ricardo Ramos Rodríguez por hechos constitutivos de los delitos reiterados previstos en el artículo 97 N° 4 inciso primero, inciso segundo y tercero del Código Tributario, y artículo 64 de la Ley N° 16.271 sobre impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, contenidos en la querella presentada por el Servicio de Impuestos Internos el 23 de marzo de 2015, querella del 24 de marzo de 2015, denuncia del 2 de abril de 2015, querella de 11 de mayo de 2015, querella del 19 de junio de 2015, querella del 30 de julio de 2015, querella del 30 de octubre de 2015, querella del 8 de marzo de 2016, querella del 6 de mayo de 2016, dos querellas del 6 de mayo de 2016, querella del 12 de abril de 2016 y tres querellas del 17 de abril de 2017;

-Juan Francisco Varela Noguera por hechos constitutivos del delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Inversiones Invercob Limitada a SQM S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 12 de abril de 2016;

-Gonzalo Juan Molina Ariztía por hechos constitutivos del delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por la Corporación de Asuntos Públicos a SQM S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 12 de abril de 2016;

-Andrés Ismael Serrano Gutiérrez por hechos constitutivos del delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por la Corporación de Asuntos Públicos a SQM S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 12 de abril de 2016;

-Gilberto Avelino Muller Corvalán por hechos constitutivos del delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Centro de Investigaciones Sociales de Chile Ltda. a SOM S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 12 de abril de 2016; y

-Esteban Emilio Gal Oliva por hechos constitutivos del delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Centro de Investigaciones Sociales de Chile Ltda. a SOM S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 12 de abril de 2016.

En el caso de Carmen María Echaurren Vial, se acogió la solicitud de la defensa, con el allanamiento del Ministerio Público y la querellante SII, y se decretó el sobreseimiento definitivo en su favor, por no tener responsabilidad en el delito previstos en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, por la facilitación de las facturas emitidas por Inversiones Invercob Limitada a SQM S.A., contenidas en la querella del Servicio de Impuestos Internos del 12 de abril de 2016.

Asimismo, con el acuerdo de las partes se formalizó a Esteban Emilio Gal Oliva por la emisión de una boleta ideológicamente falsa (arista causa rol 7541–2017) y se decretó en su favor la suspensión condicional del procedimiento por el término de un año.