SANTIAGO – Ante una nueva arremetida en favor de la impunidad para los responsables de las más cruentas violaciones a los derechos humanos que ha vivido nuestro país, el Partido Comunista declara que es responsabilidad del Estado de Chile el cumplir con todos los compromisos adquiridos ante la comunidad internacional y nuestra propia sociedad respecto a la adecuada sanción de dichos crímenes y el otorgamiento de una real garantía de reparación y no repetición, terminando con las arbitrarias injusticias que se pretenden imponer desde el Gobierno y el Poder Judicial.
Con profunda sorpresa e indignación, hemos visto como la octava sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en aprobación total y concurrente de sus tres integrantes, siendo éstos el ministro Juan Cristóbal Mera Muñoz, presidente de dicha instancia, la ministra Mireya López Miranda y el abogado integrante Cristián Lepin Molina, contrariando por completo la investigación y sentencia llevada adelante por el ministro instructor de la causa llevada adelante por los secuestros, torturas y desapariciones forzosas de 17 militantes comunistas, ha emanado un fallo de segunda instancia que no puede ser interpretado de manera distinta a una reivindicación y justificación de las violaciones de los Derechos Humanos cometidas por la Dictadura Cívico- Militar y sus agentes.
Este aberrante fallo, no solo le otorga impunidad a los agentes de la DINA que habían sido previamente condenados, sino que sostiene razones de profundo desprecio por la vida de las personas y la libertad de pensamiento, al establecer en su considerando noveno que las víctimas “por sus circunstancias políticas, ya se encontraban en una situación de riesgo preexistente” lo cual da a entender que ser militante comunista es una aceptable causal para que las personas sean sometidas a los tormentos más horribles y a ser borrados de la existencia sin mayores consideraciones.
El fallo de la octava sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revoca las condenas o reduce las penas a que fueron condenados en primera instancia conocidos agentes de la represión como Pedro Espinoza Bravo (protagonista de la Caravana de la Muerte y hombre de confianza de Manuel Contreras), Rolf Wenderoth Pozo, Pedro Bitterlich Jaramillo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Orlando Altamirano Sanhueza, Carlos Eusebio López Inostroza y Hermon Helec Alfaro Mundaca, Gladys Calderón Carreño, Sergio Orlando Escalona Acuña, Juvenal Piña Garrido, Jorge Díaz Radulovich y Gustavo Guerrero Aguilera, Ciro Torré Sáe, Juan Morales Salgado, Ricardo Lawrence Mires y Jorge Andrade Gómez, aduciendo incomprensiblemente que “no se trata, de un grupo de militares que procedieron por sí y ante sí deteniendo arbitrariamente a una persona y matándola una vez privada de libertad, se trata de un proceso de política de Estado fijada por el nuevo orden de cosas imperante a partir de los sucesos del 11 de septiembre de 1973”. Con este aberrante argumento los integrantes de la octava sala reconocen y justifican el supuesto “nuevo orden” ignorando la instalación de una dictadura criminal a través de un Golpe de Estado y que durante 17 años violó de manera sistemática los derechos humanos. Con su argumentación se establecen preceptos que resultan inaceptables y son constitutivos de conductas negacionistas, que en otros países serían sancionados incluso con presidio.
El fallo rol N° 1734-2017 no hace sino profundizar en la desigualdad a que nos vemos enfrentados día a día y que forma parte del acervo crítico que se pronunció popular y mayoritariamente a través del llamado Estallido Social del 18 de octubre de 2019, puesto que deja en claro que existen dos justicias: una que garantiza un trato privilegiado para quienes incluso cometiendo los peores crímenes contra la humanidad, son el sostén y el pilar del modelo económico impuesto por la dictadura militar, y que efectivamente fue impuesta a sangre y a fuego por quienes hoy quedan libres de asumir su responsabilidad por causa de esta sentencia, y otra para el resto de nosotros, que se ciega ante las demandas de justicia social y que se torna implacable para los que actúan por hacer realidad dichas demandas como los jóvenes de la primera línea, aún sometidos a prisión preventiva y a quienes sistemáticamente se les ha negado el amparo de la presunción de inocencia, incluso en las condiciones del enfrentamiento ante una pandemia como la que estamos viviendo con la emergencia del COVID-19.
Dicha parcialidad en la aplicación de justicia es bien conocida en la persona del ministro Juan Cristóbal Mera, debido a diversos fallos como el proceso por la desaparición forzada de Eduardo Ziede, en que también contra el fallo de primera instancia, el ministro Mera concurre a liberar a 62 agentes de la DINA y otorgar el beneficio del cumplimiento en libertad para los únicos 6 condenados. También, ahora en calidad de ministro en visita en la infame causa “Eurolatina” absolvió a los acusados por diversos delitos de estafa en primera instancia, y de la misma forma fue parte del acuerdo unánime de la cuarta sala que denegó un recurso de protección para permitir el acceso de abogados a verificar las condiciones de personas detenidas durante el estallido social en las distintas comisarías de la región Metropolitana.
Esta sentencia no hace otra cosa que acentuar el descrédito internacional en materia de derechos fundamentales que ha sufrido nuestro país hace varias décadas, producto de sus reiterados incumplimientos en la materia y el profundo desconocimiento del Derecho Internacional de los Derechos y la flagrante vulneración de todas las convenciones que ha suscrito nuestro país en relación con la protección de los Derechos Humanos, especialmente la Convención sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas; la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas; la Convención interamericana para prevenir y sancionar la tortura y la Convención interamericana sobre desaparición forzada de personas, todas las cuales imponen la obligación de los Estados de sancionar adecuadamente los delitos que constituyan violaciones a los Derechos Humanos.
En estas circunstancias, cuando sin pudor alguno y como moneda de cambio para la aprobación de una necesaria ley de indulto conmutativo respecto de personas condenadas por delitos comunes frente a las necesidades sanitarias para enfrentar la pandemia del Coronavirus, la derecha gobernante con el Presidente Piñera a la cabeza reimpulsa un proyecto de ley mal denominado “humanitario” que no es otra cosa que una amnistía encubierta para el terrorismo de estado y los agentes responsables de los mas aberrantes crímenes, es que como Partido Comunista de Chile, nos declaramos absolutamente dispuestos a enfrentar esta nueva ola de impunidad.
Llamamos a todas las fuerzas democráticas y progresistas a no permitir que avancen estas propuestas, y a oponerse a todas ellas en los distintos ámbitos en que se pretenden imponer. Ya vendrá el tiempo que volvamos a exigir justicia en las calles, pero la unidad frente a estos graves hechos se debe construir a partir de hoy.
Condenamos enérgicamente el accionar de la Corte de Apelaciones y requerimos que de una vez y para siempre el Poder Judicial esté a la altura de un país hastiado de las desigualdades y de la existencia de una justicia para privilegiados y de otra para el resto, ponga freno a la impunidad.