AVISO LEGAL
EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISOS
Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, Rol C-8469-2019, caratulado “Naranjo / Mejía y otros” se ordenó con fecha 04 de agosto de 2020, notificar por aviso extractado la demanda y su proveído a don ROLANDO GARY ROMERO MEJIA, chileno, profesión ignorada, C.I. 6.732.147-2, domicilio desconocido y don MARCOS MIGUEL MEJIA HERNANDEZ, chileno, profesión ignorada, C.I. 560416-8, domicilio desconocido. EN LO PRINCIPAL: JUAN CARLOS CAROCA ROA, abogado, C.I 13.247.383-8, en representación convencional, de Emma Rosa Parada Venegas, chilena, viuda, dueña de casa, C.I. 5.929.771-6; Yanira Denise Naranjo Parada, chilena, divorciada, contador auditor, C.I. 10.934.257-2; y Pedro Nelson Naranjo Parada, chileno, casado, Gerente de área de mantenimiento, C.I. 10.927.742-8; todos domiciliados en Sotero del Rio 326, piso 3, Santiago, a V.S. digo: En juicio ordinario y en la representación que comparezco, vengo en interponer demanda de petición de herencia en contra de don FERNANDO GONZALO ROMERO MEJÍA, chileno, casado, desconozco profesión u oficio, C.I. 5.582.659-5, con domicilio en calle Los Urbanistas Número 380 departamento 704, de la comuna y ciudad de Temuco, Novena Región de la Araucanía; don ROLANDO GARY ROMERO MEJÍA, chileno, soltero, desconozco profesión u oficio, C.I. 6.732.147-2, desconozco domicilio; don JOSÉ RAÚL PATRICIO ROMERO MEJÍA, chileno, casado, desconozco profesión u oficio, C.I. 5.054.131- 2, con domicilio en calle Quemchi número 7979, Villa Hermosa, comuna de Hualpén, Región del Biobío; y don MARCOS MIGUEL MEJÍA HERNÁNDEZ, chileno, viudo, desconozco profesión u oficio, C.I. 560416-8, desconozco domicilio, a efectos que se resuelva lo siguiente. 1.- Que a los DEMANDANTES, en sus calidades de herederos y cónyuge sobreviviente respectivamente del causante Pedro Nelson Naranjo Martínez, les corresponden los derechos que a este último le asistían en la herencia testada de doña María Luisa Mejía Hernández; 2.- Que se deje sin efecto Resolución Exenta N° 15974 del Director (a) Regional del Registro Civil e identificación de la Región del Biobío, de fecha de 24 de Junio de 2016, que concedió posesión efectiva de la herencia intestada al fallecimiento de MARIA LUISA MEJIA HERNANDEZ; a sus sobrinos Fernando Gonzalo; Rolando Gary y José Raúl Patricio, todos de apellidos Romero Mejía, y al hermano de la causante Marcos Miguel Mejía Hernández, todos ya individualizados, oficiando al Servicio de Registro Civil e Identificación. 3.- Que las demandadas deben restituir el haz hereditario del que se apropiaron al obtener el reconocimiento de continuadoras en la herencia de María Luisa Mejía Hernández, consistente en la propiedad de General Bulnes número 18, de esta ciudad, inscrito a fojas 41.915 número 56.593 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1980; al no considerar que se trataba de una posesión efectiva testamentaria dejada por ésta. 4.- Que el Sr. Conservador de Bienes Raíces de Santiago, debe preceder a las inscripciones, subinscripciones y anotaciones marginales que correspondan a la sentencia que declare los derechos que le corresponden a mis representados en calidad de continuadores legales del causante ya individualizado. 5.- Que las demandadas deben pagar las costas de esta causa. PRIMER OTROSI: Acompaña documentos con citación. SEGUNDO OTROSÍ: Señala medios de prueba que la ley me franquea. TERCER OTROSI: Exhortos que indica. CUARTO OTROSI: Ruego a VS, oficiar al Servicio de Registro Civil e Identificación con el fin que indica. EN EL QUINTO OTROSI: Ruego a VS, tener presente asumo personalmente patrocinio y poder. Con fecha 25 de Marzo de 2018. El Tribunal resuelve. A lo principal: Por interpuesta demanda en juicio ordinario. Traslado. Al primer otrosí: Téngase por acompañados los documentos con citación. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otros: Como se pide exhórtese. Al cuarto otrosí: No ha lugar. Al quinto otros: Téngase presente. Cuantía indeterminada. Con fecha 04 de Agosto de 2020, el Tribunal resuelve: Con el mérito de los antecedentes y sin perjuicio del aparente error advertido en el número de RUT de uno de los demandados, se resuelve: Como se pide, notifíquese a los codemandados de autos, don ROLANDO GARY ROMERO MEJÍA, C.I. 6.732.147-2, y don MARCOS MIGUEL MEJÍA HERNÁNDEZ, C.I. 560416-8 mediante avisos insertos y extractados en el diario El Mercurio de Santiago por tres días consecutivos, sin perjuicio del que corresponda en el Diario Oficial. Escrito. Solicita publicación por avisos en un diario electrónico de circulación nacional. Resolución de fecha 14 de agosto de 2020, Proveyendo, a la presentación de folio 72: Atendido los motivos esgrimidos por la demandante, como se pide, realícese las publicaciones en la forma solicitada. / lqe. SECRETARIO(A)