La paridad y perspectiva de género y la plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad deberán primar en la Justicia de Chile, según quedó definido en los primeros artículos aprobados por la Convención Constituyente. La propuesta de nueva Constitución se presentará el 4 de julio.
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Por Alexis Polo González
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Ha sido una semana histórica en la Convención Constitucional, que durante las jornadas del 15 y 16 de febrero trató en general las normas que habían sido aprobadas por las comisiones de Justicia y Formas de Estado. Aquellas que alcanzaron el quórum de dos tercios, pasaron a su votación en particular.
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El 17 de febrero, la Convención aprobó en particular 14 artículos provenientes de la comisión de Justicia. De esos 14, 10 alcanzaron los dos tercios necesarios y se convirtieron en las primeras normas que estarán en la propuesta de nueva Constitución que el órgano debe presentar al país el 4 de julio de 2022.
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«La metáfora con la que parte la Convención es la hoja en blanco y la hoja en blanco hoy ya empieza a ser escrita de manera definitiva», dijo el coordinador de la comisión de Justicia, Christián Viera.
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Viera —que postuló al órgano como independiente en cupo de la Democracia Cristiana— dijo sentirse «muy satisfecho» con el avance, a pesar de que algunos artículos regresarán a la comisión de Justicia para ser considerados nuevamente.
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Los primeros artículos de la propuesta de nueva Constitución
Como ‘Sistema de Justicia’ fue denominado el primer capítulo que pasó al borrador de nueva Constitución luego de pasar exitosamente todos los mecanismos de deliberación al interior del órgano constituyente. Este capítulo, por el momento, cuenta con 10 artículos.
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Entre las normas que alcanzaron la aprobación de los dos tercios del pleno destacan varios principios novedosos que marcarán la actuación de los jueces chilenos:
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justicia abierta (transparencia, participación y colaboración);
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paridad y perspectiva de género;
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plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad;
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gratuidad, que establece que el acceso a la función jurisdiccional será gratuito.
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Así como hubo artículos aprobados, otros fueron rechazados en general y particular y volverán a la comisión de Justicia quienes tendrán un plazo de 15 días para presentar indicaciones y un nuevo informe al pleno del órgano para que se vuelvan a someter a votación.
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«Yo desdramatizaría el hecho de que hayan sido rechazados algunos, puesto que es la oportunidad para mejorar los textos, pero también ofrecer un articulado que cuente con un alto nivel de acuerdo en la comisión», señaló Viera.
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La perspectiva de género en la Constitución chilena
Una de las propuestas que suscitaba más apoyo al interior de la Convención era el artículo 14 del informe de Sistemas de Justicia, que buscaba consagrar en la nueva Constitución la paridad y perspectiva de género en la función jurisdiccional.
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Este artículo fue sometido a tres votaciones porque se separó en tres incisos. En las tres votaciones alcanzó los dos tercios necesarios y el artículo completo pasó al borrador de nueva Constitución.
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Vanessa Hoppe, convencional de Movimientos Sociales Constituyentes y coordinadora de la comisión de Justicia, dijo a Sputnik sentirse «muy emocionada» debido a que se ha «consagrado constitucionalmente la perspectiva de género y la conformación paritaria como principios del ejercicio de la jurisdicción«.
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Hoppe explicó que la aprobación «significa que los tribunales de Justicia al momento de fallar, al momento de cumplir la labor por la cual se conforman, van a tener que considerar que en efecto la perspectiva de género es un elemento jurídico«.
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La convencional explicó que la perspectiva de género es un principio más que va a tener que ser considerado por todas las magistradas y magistrados al momento de dictar sentencia y los órganos al momento de conformarse van a tener que ser paritarios.
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«Somos el primer país en el mundo en consagrar una normativa como esta a nivel constitucional y eso es lo que nos tiene emocionadas y muy contentas», agregó.
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Todos los artículos que fueron aprobados quedarán a la espera de la comisión de Armonización, cuyo cometido es evitar contradicciones y que se complementen de buena forma las distintas normas. Sin embargo, esta comisión no podrá modificar lo sustancial de cada artículo, puesto que fueron votadas y aprobadas por el pleno tanto en general como en particular.