SANTIAGO – El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto dictó veredicto condenatorio en contra de los funcionarios de Carabineros Roberto Cabrera Faúndez, Ariel Ramírez Castro y Alexis Aspe Torres, en calidad de autores de dos delitos consumados de apremios ilegítimos. Ilícitos perpetrados en enero de 2020, en la comuna.
En resolución unánime (causa rol 39-2022), el tribunal –integrado por las magistradas Gladys Villablanca Morales (presidenta), Sandra Naser Csaszar y Fernando Martínez Arias (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditados tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de los imputados en los hechos.
En la causa, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de los funcionarios de Carabineros Roberto Álex Cares Flores, Mauricio Andrés Melo Cornejo, Francisco Castillo Lobos y Ariel Ramírez Castro, por su participación, como autores, en solo uno de los delitos.
El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 28 de enero de 2020, “en la intersección de calle Santo Domingo con Sergio Roubillard en la comuna de Puente Alto, los funcionarios policiales Roberto Cabrera Faúndez, Ariel Ramírez Castro y Alexis Aspe Torres procedieron a propinar a Leonardo Ismael Sanhueza Olivares reiterados golpes de pies y con otro objeto contundente en distintas partes del cuerpo, lo que le ocasionó un neumotórax asociado a fracturas costales múltiples”.
En tanto, al día siguiente, 29 de enero de 2020, alrededor de las 22.19 horas, “en calle San Hugo, a la altura del 0288, comuna de Puente Alto, Matías Alexis Soto Ramos, fue tomado del cuello por el funcionario de Carabineros Roberto Álex Cares Flores, para luego recibir una patada del carabinero Mauricio Andrés Melo Cornejo, cayendo al suelo, lugar en el que fue golpeado en distintas oportunidades tanto por Melo Cornejo como por Cares Flores. Además, los funcionarios de Carabineros Francisco Castillo Lobos, Roberto Cabreras Faúndez, Ariel Ramírez Castro y Alexis Aspe Torres también agredieron a la víctima con golpes de pies y con otro elemento contundente en distintas partes del cuerpo. Producto de la agresión, Matías Soto Ramos resultó con fractura en novena costilla izquierda, disyunción acromioclavicular del hombro izquierdo tipo 1 y policontusión”.
“En concepto de estos sentenciadores, los hechos anteriormente asentados son constitutivos de los delitos de apremios ilegítimos, previsto y sancionado en el artículo 150 letra B del Código Penal, en grado de ejecución de consumados correspondiéndole a Roberto Cabrera Faúndez, Ariel Ramírez Castro y Alexis Aspe Torres en los hechos número 1 y 2; y respecto a Francisco Castillo Lobos, Mauricio Andrés Melo Cornejo y Roberto Álex Cares Flores en el hecho número 2, una intervención criminal en calidad de autores y ejecutores al haber realizado en forma directa o dolosa y de propia mano el suceso típico antes mencionado”, consigna el acta de deliberación.
“Que en consecuencia se desestima la pretensión absolutoria de las defensas, fundada en una presunta vulneración de garantías fundamentales en la insuficiencia de la prueba de cargo para acreditar las participaciones por los motivos que se desarrollará en la sentencia definitiva”, añade.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado Martínez Arias– quedó fijada para las 13 horas del próximo martes 31 de mayo.