- A propósito de estos hechos, registrados en 2021 y donde el INDH de Tarapacá actuó como querellante, en su voto de minoría la jueza Nancy Alvarado planteó que el perpetrador actuó “en razón de una discriminación fundada en el sexo y etnia de la víctima”.
IQUIQUE – El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Iquique sentenció a dos penas de tres años y un día de presidio efectivo al funcionario de Gendarmería J.A.R.Z. por apremios ilegítimos y abuso sexual, delitos perpetrados contra una mujer boliviana que era trasladada en calidad de detenida en un vehículo institucional. La sede de Tarapacá del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúa como querellante en esta causa.
Durante el juicio se discutió que el abuso cometido por el funcionario público contra una mujer boliviana, coya, joven, bajo custodia del Estado, constituye violencia y discriminación por género, en razón de su sexo, nacionalidad y situación de vulnerabilidad. Cuando se habla de torturas y/o apremios ilegítimos no siempre es posible considerar la variable de género. En este caso, dicho elemento fue relevante para entender la motivación del funcionario público que perpetró el delito.
Los jueces tuvieron por acreditado que el 14 de septiembre de 2021, la víctima estaba siendo transportada en vehículo de Gendarmería entre la Comisaría de Pozo Almonte y el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio, luego de haber sido formalizada por ley de drogas. J.A.R.Z. viajaba con ella en la parte de los calabozos y mientras transcurría el trayecto, le ordenó sacarse la ropa con una supuesta excusa de tener que revisarla.
Esta situación fue advertida desde la cabina del vehículo, lo que condujo a que se detuviera y que una de las personas que iba adelante revisara, descubriendo parte de la ropa interior de la víctima. Al llegar a la cárcel de Alto Hospicio el funcionario agresor quedó detenido. En la sentencia se dice que “el encausado aprovechó su función pública y específicamente su posición de custodio de la víctima, lo que le permitía estar con ella a solas, en un lugar cerrado y discreto y en una posición de poder sobre ella, para vejarla”, se añade.
Cabe mencionar que la jueza Nancy Alvarado González era partidaria de una condena por el delito de torturas, dado que J.A.R.Z. “intencionalmente a través de la conducta desplegada infligió a la víctima dolores y sufrimientos graves, sexuales y psíquicos en razón de una discriminación fundada en el sexo y etnia de la víctima (…) Lo hizo porque la detenida, su custodiada, era una mujer, boliviana e indígena”, se señala en la sentencia.