La ciudadanía deberá concurrir a las urnas para elegir a los 50 representantes que conformarán el Consejo Constitucional, el nuevo espacio de representación ciudadana del proceso constituyente. El órgano será el encargado de discutir y aprobar el anteproyecto redactado por la Comisión de Expertos.
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El electorado afrontará este 7 de mayo en las urnas una nueva etapa en el dilatado proceso constitucional que emanó de la protesta social iniciada en octubre de 2019 y que pretende echar abajo la carta magna que, en dictadura, instauró el golpista Augusto Pinochet.
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Tras el triunfo en el plebiscito de septiembre de 2022 de la opción por el rechazo a la propuesta de nueva constitución emanada de la Convención Constitucional, la institucionalidad chilena acordó avanzar hacia la redacción de una nueva carta magna en un formato de concordancia técnico-política mediante tres comisiones: Comisión de Expertos, Comité Técnico de Admisibilidad y el Consejo Constitucional.
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La nueva propuesta de constitución será redactada por la Comisión de Expertos, órgano técnico-jurídico de 24 integrantes, designado por el Congreso Nacional. El Comité Técnico de Admisibilidad, compuesto por 14 juristas, tiene el rol de arbitraje ante requerimientos sobre propuestas que puedan infringir normativas vigentes. Mientras que el Consejo Constitucional, cuyos miembros serán elegidos este 7 de mayo, será el encargado de votar el anteproyecto constitucional.
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El 7 de mayo, 15 millones 150.572 electores habilitados deberán elegir de entre 351 candidatos a los 50 miembros del Consejo Constitucional —bajo criterios de paridad de género, junto a dos escaños reservados para pueblo originarios—, quienes tendrán a su cargo la labor de discutir, refrendar y aprobar el texto constitucional emanado de la Comisión Experta.
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Una vez que se apruebe o se rechace la propuesta de nuevo texto constitucional mediante un plebiscito de salida, estipulado para el 17 de diciembre de 2023, el Consejo Constitucional será disuelto.
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El nuevo Consejo Constitucional será compuesto por 50 representantes, distribuidos en 16 circunscripciones, divididas a la vez en cinco listas:
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Unidad para Chile (Partidos de Gobierno: Revolución Democrática, Convergencia Social, Partido Comunista y Partido Socialista).
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Todo por Chile (Partidos de la exConcertación, Partido por la Democracia, Democracia Cristiana y Partido Radical).
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Chile Seguro (Partidos de la derecha tradicional: Unión Demócrata Independiente, Renovación Nacional y Evópoli).
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Partido Republicano (Partido de ultraderecha, liderado por el excandidato presidencial José Antonio Kast).
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Partido de la Gente (Partido de derecha libertaria, liderado por el excandidato presidencial Franco Parisi).
Una vez constituido el Consejo Constitucional, su accionar estará regida por un quórum de 3/5 para aprobar, rechazar o enmendar nuevas normativas del anteproyecto constitucional, mientras que las votaciones sin el quórum requerido pasarán a una Comisión Mixta, conformada por seis consejeros y seis expertos.
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El nuevo proceso constituyente se basa en 12 bases constitucionales o premisas de regulación del proceso, acordadas por las fuerzas políticas con representación parlamentaria que negociaron el inicio de un nuevo proceso constituyente.
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Estas bases constitucionales establecen «distintos contenidos que debiesen estar presentes a la hora de enfrentar la redacción de un nuevo texto»:
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Asegurar que Chile es una república democrática, cuyo poder debe radicar en el Estado.
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Establecer que Chile es un Estado unitario y descentralizado.
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Consagrar a Chile como un Estado social de derecho.
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Respetar los emblemas patrios, escudo nacional, himno.
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Proteger derechos fundamentales como: la libertad de conciencia y de culto, el derecho de propiedad, a la vida, la libertad de enseñanza.
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Consagrar estados de excepción constitucional en materias de orden y seguridad.
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Definir constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa a Carabineros y Policía de Investigaciones.
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Reconocer a los pueblos originarios como parte de la nación chilena.
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Definir que el Estado chileno tiene tres poderes separados e independientes: el poder ejecutivo, con jefe de gobierno e iniciativa fiscal de gasto; el poder judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas, y el poder legislativo, compuesto por la Cámara de Diputados y el Senado.
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Consagrar los siguientes órganos autónomos: Banco Central, Justicia Electoral, Ministerio Público y Contraloría.
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Consagrar el cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.
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Establecer que la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales.
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La votación del 7 de mayo es obligatoria y prevé multas económicas que varían entre las 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (entre 39 y 234 dólares) para quienes no justifiquen debidamente enfermedad, estar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral u otro impedimento comprobado ante un juez competente.
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La elección de consejeros constitucionales no contempla el voto consular para los chilenos residentes en el exterior.