El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó dictó veredicto condenatorio en contra de Martín Arriagada Urrutia alcalde inhabilitado de la Municipalidad de Sagrada Familia, e Isabel Vásquez Espinosa, funcionaria municipal, en calidad de autores del delito consumado de fraude al fisco. Ilícito perpetrado entre 2014 y 2015.
En resolución unánime (causas rol 20-2023) el tribunal –integrado por los magistrados Rodrigo Gómez Marambio (presidente), Rodrigo Tordecilla Gaete y Paulina Rodríguez Rodríguez (redactora)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditando tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de los acusados en los hechos.
Sobre la base de las pruebas rendidas, el tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que: “Durante los años 2014 y 2015 en la Municipalidad de Sagrada Familia se giraron múltiples Permisos de Circulación respecto de vehículos que presentaban multas de tránsito impagas cursadas por diversos Juzgados de Policía Local, infringiendo con ello lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 18.287, que precisamente prohíbe la renovación de Permisos de Circulación de vehículos que presenten multas de tránsito no pagadas, defraudando al Fisco de Chile, al privarlo de obtener el ingreso esperado por el cobro de esas multas”.
En dicho contexto, entre el 30 de marzo y el 1 de abril de 2015, “Felipe Andrés Paredes Baeza desempeñaba funciones como cajero encargado del giro y recaudación de Permisos de Circulación de ese municipio, procedió a renovar a Raúl Alejandro Betancourt Díaz permisos de circulación de diversos vehículos, entre ellos los que tenían las patentes BSSB83, BWFR71, CLTF43, NY6788, LW8279, UR3964 y RF.4076, en circunstancias que dichas siete patentes presentaban multas de tránsito impagas, lo que implicó que el Fisco dejara de percibir un total de $16.275.258”.
“(…) el 31 de marzo de 2015, vendió un permiso de circulación asociado a la patente FGYL85, cuya propietaria a esa época era Lucila Urrutia Campos, madre del alcalde de la Municipalidad de Sagrada Familia, Martín Abdón Arriagada Urrutia, en circunstancias que el vehículo registraba al menos dos multas de tránsito impagas, ocasionando un perjuicio al erario fiscal ascendente a $83.814. Ese mismo vehículo había sido objeto de una operación similar el año anterior, cuando el 31 de marzo de 2014, Fabián Elías Riquelme Solís, quien se desempeñaba como girador de permisos de circulación de ese municipio, vendió el permiso de circulación respectivo, pese a que registraba dos multas de tránsito impagas, provocando un perjuicio al Fisco de $97.196”, agrega el acta de deliberación.
“En todos estos casos, los funcionarios Felipe Paredes y Fabián Riquelme procedieron a renovar los Permisos de Circulación de los vehículos señalados, sin efectuar el cobro previo de las multas de tránsito impagas, obedeciendo órdenes directas que les realizó previamente el Alcalde de la Municipalidad de Sagrada Familia, Martín Abdón Arriagada Urrutia”, releva.
Asimismo, el tribunal dio por acreditado que: “(…) Isabel Alejandra Vásquez Espinoza, en su calidad de funcionaria de la Municipalidad de Sagrada Familia y en circunstancias que se desempeñó como giradora de Permisos de Circulación, en diversas fechas del año 2014 vendió un total de treinta y cinco permisos de circulación asociados a vehículos con las siguientes placas patentes únicas: KL6741; DPST38; BTPJ21; BRPH23; CJYL25; DBKW10; CCFV60; XP7025; CTCS81; RL3352; DLKP34; DBHV31; CBCJ24; DTBY10; ZK4900; CWFJ21; DRXD32; BFFW72; TT4176; CKBL34; DFVS21; DDYB87; PG5428; KW3632; DLRG77; DGLP28; DTSV24; KF3099; CWLD74; BZYC27; BRFC30; FP4792; YW9526; RT6284; y PW5073. Ello no obstante que dichas patentes presentaban en total setenta y una multas de tránsito impagas, cursadas por diversos Juzgados de Policía Local, privando al Fisco de Chile de recibir la suma total de $3.077.350”.
En tanto, el 31 de marzo de 2015, “(…) Vásquez Espinoza, en la misma calidad de funcionaria giradora, vendió un permiso de circulación respecto del vehículo patente CTKJ81, pese a que registraba una multa de tránsito no pagada, privando al Fisco de recibir la suma de $45.768. De esta manera, las acciones descritas, realizadas por orden del acusado Martín Abdón Arriagada Urrutia, implicaron un perjuicio para el Fisco de Chile de la suma total de $16.456.268, en tanto que las realizadas por la acusada Isabel Alejandra Vásquez Espinoza produjeron un perjuicio total de $3.123.118”.
Para el tribunal, en la especie: “Cabe precisar, en primer lugar, que al tener por establecido un delito del tipo penal indicado por cada acusado, se atendió a la petición expresa en ese sentido de los dos acusadores y se tuvo presente, además, que el tribunal debe respetar el principio de congruencia contemplado en el artículo 341 del Código Procesal Penal. En segundo término, que se compartió la calificación jurídica propuesta por los acusadores, especialmente en cuanto a tener por configurados los delitos al momento en que se realizó el respectivo giro del permiso de circulación existiendo multas de tránsito impagas, estimando que el perjuicio para el erario fiscal se produjo en ese momento, con independencia que después se hayan pagado los valores correspondientes al todo o parte de esas multas, como se estableció parcialmente con la documentación aportada por las defensas. Y, por último, que, en relación a los demás hechos que les atribuyeron a los encartados el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, no se comprobaron todos sus extremos, de modo de configurar los referidos delitos también por esos supuestos fácticos y por el monto más elevado de perjuicio que motivó ambas acusaciones”.
“Que, en cuanto a la demanda civil interpuesta por el acusador particular, será acogida en los montos y por los fundamentos que se expresarán en el fallo”, consigna.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la jueza Rodríguez Rodríguez– quedó programada para las 15 horas del próximo martes 19 de diciembre.