Diputado Bugueño pide aumentar sanciones a quienes bloqueen el paso a vehículos de emergencia

  • Tras un verano de graves incendios y situaciones tan absurdas e indignantes como lo ocurrido con un carro de bomberos detenido en un peaje de la Ruta 68 cuando asistía al incendio que afectó a la Quinta Región, el diputado Félix Bugueño ha presentado un Proyecto de Ley para fortalecer las sanciones a quienes obstruyan el paso de vehículos de emergencia o que causen daños a su estructura.

.

En un punto de prensa realizado en el Congreso, en el que también participaron la diputada Claudia Mix y el Presidente Nacional de Bomberos Juan Carlos Field se dio a conocer esta propuesta que busca proteger a voluntarios y su labor en emergencias.

El diputado Félix Bugueño se refirió al proyecto “Con esto estamos haciendo un poco de justicia, en urgencias es vital acortar el tiempo y las distancias y cuando el sentido común no funciona sólo quedan las sanciones, esperamos que se tramite lo antes posible”. El Presidente Nacional de Bomberos también tuvo palabras para esta moción “Los 57 mil 500 Bomberos y Bomberas del país sin duda van a agradecer este patrocinio. Últimamente se ha vuelto común que se obstruya el paso libre de los vehículos de Bomberos sin un claro ordenamiento vial; esta Ley nos va a favorecer para que nosotros, los Bomberos de Chile, hagamos nuestro trabajo tranquilos y poder llegar más rápido a las emergencias».

Actualmente la Ley Nº 18.290 de Tránsito considera que el no ceder el derecho preferente de paso a vehículos de emergencia es sólo una infracción menos grave, la cual se traduce en multas entre las 0.5 y 1 UTM, un máximo de 65.000 pesos aproximadamente.

Se propone una modificación a la ley N° 18.290 de Tránsito, con el fin de fortalecer las sanciones contra aquellos que obstruyan el paso de vehículos de emergencia o causen daños a su estructura.

La propuesta incluye:

  • Agregar nuevos incisos al artículo 198, estableciendo que quienes obstaculicen el paso de vehículos de emergencia serán sancionados con pena de presidio menor en su grado mínimo. (61 días a 540 días).
  • Incrementar la pena si la obstrucción del paso conlleva daños a terceros.
  • Establecer la misma pena para aquellos que causen daños intencionales a vehículos de emergencia, comprendiendo cualquier acción que afecte su estructura, funcionamiento o equipamiento.

.