En el momento que el juez Marcelo Ovalle Bazan procede a leer su decisión tras una larga audiencia de formalización, la pequeña sala de audiencias del Juzgado es invadida por el rumor, los sollozos y los aplausos de quien sufriera la violencia estatal en septiembre del 2020, Claudio Araya Fernández, y de quienes lo acompañan. Prisión preventiva para el oficial de Carabineros, Gonzalo De la Costa Lara. Luego, el gendarme de guardia procede a esposar al agente del estado mientras se escuchan entre el bullicio ¡Asesino! ¡Asesino!
Pocas, muy pocas veces, en el tiempo transcurrido desde la revuelta social de octubre del 2019 ocurren situaciones reparadoras para quienes sufrieron la violencia del estado como la relatada ocurrida en el 12° Juzgado de Garantía de Santiago. De los centenares de traumas oculares responsabilidad de una política de castigo en contra de los manifestantes de la revuelta, por lo que sabemos, solo en un par de casos hay formalización con prisión preventiva.
La querella presentada por los abogados de CODEPU, Mariela Santana e Hiram Villagra está dirigida en contra del General Director de Carabineros de Chile, en ese entonces, Mario Rozas y funcionarios de Fuerzas Especiales de Carabineros de Chile de la 50 Comisaría de San Joaquín y de todos aquellos quienes resulten criminalmente responsables, ya como autores, cómplices y encubridores. La arista Rozas y el alto mando y otros responsables, esperamos, continúe su curso.
En lo que respecta al oficial en prisión preventiva, el abogado Hiram Villagra de CODEPU valora la resolución del tribunal, “es una de los pocas formalizaciones en que queda en prisión preventiva uno de los represores responsables de trauma ocular” asevera. Por su parte, la también abogada de CODEPU, Mariela Santana, lamenta que “de parte de la Fiscalía solamente se solicitara arraigo nacional, una medida de bajísima intensidad para un delito tan grave”.
Villagra sostiene que en la audiencia fue evidente que “hubo desigualdad de condiciones, es decir a CODEPU y al INDH les llegó una versión incompleta de la carpeta investigativa y la defensa del imputado tenía evidentemente una carpeta más completa. Por ejemplo, nosotros sabíamos que se habían realizado unos exámenes médicos, pero la defensa tenía la copia de dichos informes”.
Los hechos ocurrieron el 11 de septiembre de 2020, cuando Claudio Araya, hijo de presos políticos y exiliados de la dictadura, participó en una marcha conmemorativa del golpe civil-militar que se realizó alrededor de la plaza Salvador Allende en la población La Legua y se dirige a la casa de su suegra a encontrarse con su familia. Pasa cerca de la Comisaría, había barricadas. En ese momento, llegaron efectivos policiales que comenzaron a reprimir con disparos de lacrimógenas, a corta distancia. La gente empezó a correr. En un momento determinado, alcanza a ver dos funcionarios frente a él. Uno portaba una escopeta y disparó directo a su rostro El impacto lo sintió como si le pegaran con un objeto contundente, un golpe muy fuerte en el ojo. Sangró mucho. Varios jóvenes le auxiliaron en una casa. Luego llegó su compañera y fue trasladado al Hospital Barros Luco.
Pese a que, en la audiencia de formalización, la defensa del imputado trató de impugnar la existencia misma del delito, los abogados afirman que la importancia de la resolución judicial es que lo acredita y desestima las tesis alternativas sostenidas por la defensa del agente represor y que intentaban establecer confusiones respecto a su participación en los hechos. “Se da por acreditado tanto el delito, como la participación culpable en él del imputado, en atención a que todos los antecedentes que el magistrado tuvo a la vista, permitieron situar al oficial De la Costa en el día, hora y lugar en que ocurrieron los hechos. La resolución de prisión preventiva se sostiene en que el agente es un peligro para la sociedad”, indica Hiram Villagra.
“La resolución del tribunal es una resolución con perspectiva de derechos humanos y con conocimiento del trauma complejo que viven las víctimas de trauma ocular”, señala Mariella Santana y agrega que “la prisión preventiva no solo se sostiene en la condición de peligro para la sociedad del imputado sino que además quedó acreditado en la audiencia la responsabilidad del oficial en el intento de borrar las pruebas y evidencias. Los actos de ocultamiento de pruebas que obran en la carpeta son al menos dos: en declaración de uno de los funcionarios, subordinado a De La Costa, señala que aquel habría preguntado al piquete si las cámaras estaban apagadas, a lo que el funcionario responde que sí. Acto seguido, fue obligado a apagarla por orden de De La Costa. Además de ese antecedente, también en declaraciones en la carpeta, se indica que el imputado ordenó recoger todos los cartuchos de municiones percutadas”.
“Un hecho grave es que el oficial de Carabineros está involucrado en otros dos casos de violaciones a derechos humanos y su ascenso es posterior a que se toma conocimiento de su participación en estos delitos” agrega Hiram Villagra. Con seguridad, para quien sufrió la violencia estatal, Claudio Araya y sus familiares, lo ocurrido hoy en tribunales, tras más de tres años de investigación, es un paso en la larga lucha por la justicia y la reparación integral. Para ellos, fue un día de emociones encontradas en que se mezclaban el dolor, la rabia y alguna esperanza.