RECOLETA – El 30 de enero de 2020, el Tribunal Constitucional rechazó 30 requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, deducida por la empresa Concesiones Recoleta S.A., relativos a la inaplicabilidad del artículo 38 de la Ley N° 18287.
El fallo, confirma que las actuaciones del Alcalde de Recoleta se han realizado en derecho y buscando siempre el bienestar e interés de la comunidad de Recoleta, esto es haber terminado con el contrato con la empresa de parquímetros, la cual fijaba precios abusivos por estacionar en las calles de la comuna.
La sentencia considera que las actuaciones realizadas por nuestra Municipalidad ante los Juzgados de Policía Local por los incumplimientos derivados por la empresa concesionaria, desde el año 2015 a la fecha, de no contar con patente municipal, y que se traducen en la aplicación de multas, son correctas y no existe vulneración de derechos en el actuar de la Municipalidad de Recoleta.
Lo anterior ratifica lo sostenido por el alcalde Daniel Jadue respecto de los incumplimientos de la empresa y que esta no puede seguir funcionando por no contar ni con patente ni con contrato vigente.
Recordar que como Municipalidad de Recoleta hemos realizado sendas fiscalizaciones por comercio ilegal de esta empresa, incluso requisando máquinas de cobro.
La Municipalidad de Recoleta declaró su satisfacción con esta sentencia y realizó un llamado a la empresa Concesiones Recoleta S.A., a deponer su actitud y retirarse de inmediato de las calles de los barrios comerciales como Patronato, Tirso de Molina, La Vega y Bellavista, donde los visitantes pueden estacionar en forma gratuita.