La Fiscalía Nacional Económica (FNE) resolvió prohibir la adquisición de Alimentos Nutrabien S.A. por parte de Ideal S.A., operación que le fue notificada en julio de 2017, en el contexto del nuevo sistema de control de operaciones de concentración, que rige desde junio del año pasado.
Tras la notificación, la FNE llevó adelante una investigación destinada a determinar los riesgos que podía provocar esta operación, y concluyó que la integración de ambas empresas hubiese reducido la intensidad competitiva en los mercados afectados y que esto no habría sido suficientemente compensado por las eficiencias de la operación que argumentaron las compañías, ni por las medidas de mitigación que ofrecieron.
Esta es la primera vez que la autoridad de competencia chilena prohíbe una concentración entre empresas, desde la entrada en vigencia del nuevo sistema de control de fusiones, en junio del 2017.
El examen incluyó, entre otras diligencias, aportes de antecedentes de clientes y competidores, informes de economistas encargados por las empresas, y la realización de dos encuestas a consumidores para entender los mercados afectados: una de ellas encargada por la FNE y otra por las partes de la operación, ambas aplicadas en supermercados y otros formatos de tiendas.
La Fiscalía contó, además, con la asesoría externa del académico y ex Economista Jefe de Competencia de la Comisión Europea, Massimo Motta.
Ideal es una empresa del consorcio mexicano Grupo Bimbo, que está presente en más de treinta países. Además de su actividad del rubro panadería, produce y distribuye productos de marcas reconocidas en las mismas categorías que Nutrabien, como Marinela, Lagos del Sur y Fuchs. En Chile, Ideal es el principal comercializador de bizcochos individuales y alfajores, tanto en supermercados como en tiendas de menor tamaño.
Mientras, Nutrabien pertenece al Grupo CCU -a través de sus filiales Foods Cía. de Alimentos S.A. y CCU Inversiones S.A.- y destaca en la comercialización de bizcochos, alfajores y galletas, de marca Nutrabien y Sweetlife. Actualmente es el tercer actor en ventas de bizcochos individuales en supermercados y tiendas de menor tamaño.
La FNE realizó un análisis de participaciones de mercado y de índices de concentración a partir de distintas definiciones de mercado relevante y evaluó la presión al alza en precio, basada en la cercanía competitiva de las empresas y productos involucrados. Ambos elementos llevaron a concluir que existían riesgos unilaterales de afectación de precios y otras variables competitivas.
Además, la información proveniente de las encuestas permitió concluir que Ideal es el competidor más cercano de Nutrabien en bizcochos individuales y alfajores. Esta competencia se intensifica tras el reciente lanzamiento de la línea de productos Fuchs, por parte de Ideal, que ingresó al segmento de productos percibidos como saludables o de mayor calidad, donde Nutrabien ha tenido un buen desempeño.
Además, los índices aplicados, siguiendo los resultados de las encuestas, evidenciaron efectos anticompetitivos en productos específicos, como Brownie, Braunichoc y alfajores de Nutrabien, en caso de materializarse la transacción.
La FNE también concluyó que las eventuales eficiencias y ahorros que se producirían a raíz de la integración no satisfacían los estándares requeridos y no eran suficientes para compensar los riesgos identificados. Las condiciones de entrada y expansión analizadas tampoco eran tales que permitieran un ingreso oportuno, probable y suficiente en los segmentos de mayor preocupación.
En respuesta a los riesgos planteados por la FNE, comunicados en marzo de este año, las partes ofrecieron un paquete de medidas con el cual pretendían remediar las inquietudes de la autoridad. Estas consistían fundamentalmente en obligaciones conductuales, que las partes cumplirían una vez perfeccionada la fusión, durante un tiempo limitado.
Entre las medidas, las partes propusieron limitar su inversión publicitaria y una regulación del precio y de la calidad de algunos productos por tres años y asegurar la ampliación de su cobertura a determinados puntos de venta por el plazo de dos años.
Sin embargo, la FNE consideró que ninguna de estas propuestas mitigaba de manera idónea y efectiva los riesgos identificados, en consonancia con sus estándares publicados en la Guía de Remedios, que recoge la experiencia a nivel comparado en la materia.
La decisión de la FNE puede ser reclamada por las partes ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, como quedó establecido en la última reforma legal realizada al Decreto Ley 211, a través de la Ley 20.945, que norma el sistema de libre competencia en el país. El nuevo sistema obliga a los agentes económicos a notificar las operaciones a la autoridad de forma preventiva, cuando sobrepasan determinados umbrales de venta, de modo de evitar efectos adversos a la competencia.
Para mayores detalles, puede consultar los siguientes documentos:
Fuente: FNE