Gobierno prohíbe la Importación de armamento de fogueo mientras se dicte reglamento de nueva ley

Anuncio lo hizo el Ministro del Interior, Rodrigo Delgado, tras participar junto a Subsecretaria de Prevención del Delito y otras autoridades en reunión vinculada con la aplicación de la nueva norma sobre armas, ya publicada en el Diario Oficial. “Van a ser tratadas de la misma forma que un arma de fuego”, destacó María José […]

SANTIAGO – Anuncio lo hizo el Ministro del Interior, Rodrigo Delgado, tras participar junto a Subsecretaria de Prevención del Delito y otras autoridades en reunión vinculada con la aplicación de la nueva norma sobre armas, ya publicada en el Diario Oficial. “Van a ser tratadas de la misma forma que un arma de fuego”, destacó María José Gómez.

La importación de armamento de fogueo quedará prohibida, a la espera del reglamento correspondiente a la nueva Ley Armas, que publicó este martes el Diario Oficial.

“Mientras no exista el reglamento para esos efectos, esa importación va a quedar prohibida, y no se va a poder traer a Chile este tipo de armas de fogueo”, anunció el Ministro del Interior, Rodrigo Delgado, junto a la Subsecretaria de Prevención del Delito, María José Gómez, su par del Interior, Juan Francisco Galli; y otras autoridades.

“Los modelos de armas a fogueo que son adaptables, que pueden con una trasformación disparar una munición y matar a alguien, no se van a poder importar, porque efectivamente el reglamento todavía no lo permite”, reiteró el Secretario de Estado.

Y cuando exista el reglamento asociado a la nueva ley -probablemente dentro de un año- el importador de esta clase de armas deberá cumplir con una serie de trámites ante la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) para inscribirlas, lo que posibilitará un seguimiento detallado.

“Un anuncio muy importante que realizamos hoy es que aquellas armas a fogueo que son adaptables para disparar munición letal van a ser tratadas de la misma forma que un arma de fuego. Y mientras se dicta el reglamento de la nueva Ley de Armas, estas armas de fogueo no van a poder ser importadas a nuestro país”, reforzó la Subsecretaria Gómez.

Que las armas de fogueo se equiparen ahora con las de fuego implica, por ejemplo, que los interesados en adquirir una deberán someterse a diversas exigencias, como someterse a exámenes siquiátricos, entre ellas.

En concordancia con el nuevo criterio, toda arma a fogueo tendrá un número de serie para su registro, lo que identificará al importador y al comprador. “Si esa arma es utilizada en un ilícito, tanto el importador como el comprador tendrán que ser llamados a declarar para determinar cuál fue su papel en esta cadena de compra y venta”, detalló el Ministro Delgado.

Los anuncios se concretaron después que el ministro y las demás autoridades -entre ellas, representantes del Ejército y de las policías- participaran este martes en una reunión de trabajo enfocada en el avance de la aplicación de la nueva Ley de Armas.

La nueva ley de armas prohíbe, por regla general, la tenencia o posesión de armas a fogueo, y las permite únicamente en casos especiales: adiestramiento canino profesional, control de fauna dañina, espectáculos públicos y filmaciones, entre otros.

.