El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó ha S.A.A.C. a la pena única de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual y violación de menor de 14 años. Ilícitos perpetrados entre 2014 y septiembre de 2019, en la comuna de Cabrero.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Marisol Panes Viveros (presidenta), Ingrid Quezada Valdebenito (redactora) y el magistrado Christian Osses Baeza– aplicó, además, a S.A.A.C. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
El tribunal también impuso al condenado las penas especiales de interdicción del derecho a ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad y la privación de la patria potestad de la menor o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere y de todos los derechos que por el solo ministerio de la ley se le confirieren respecto de los bienes y persona de la ofendida, sus ascendientes y descendientes.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que desde 2014 y hasta septiembre de 2019, en el domicilio del condenado, ubicado en la localidad de Monte Águila, comuna de Cabrero, abuso sexualmente y violó a la víctima, su hija de 7 años de edad al inicio de los hechos, cuando la menor concurría, a lo menos, fin de semana por medio, hasta dicho inmueble.
En la determinación del quantum de la pena a imponer a S.A.A.C., el tribunal sopesó que: “Favoreciéndole dos circunstancias atenuantes (irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos), se estima proporcionado rebajarla en un solo grado, quedando la pena en presidio mayor en su grado mínimo, y atento a la extensión del daño cometido, al número de delitos (dos tipos penales distintos), la cronicidad en los mismos, y al grave daño emocional ocasionado como consecuencia de la experiencia traumática, se estima proporcionado aumentar dos grados, quedando en presidio mayor en su grado máximo, fijándose en su quantum máximo, al resultar condigno, con el perjuicio causado a la víctima, considerando, además, que el agresor era su padre, lo que significó para esta la pérdida de uno de los vínculos más importantes en la vida de toda persona, más aun en un niño, niña o adolescente y, especialmente en este caso, en que la víctima tenía un fuerte lazo emocional y afectivo con su progenitor, como también el quiebre con toda la familia extensa paterna, quienes constituían un referente muy significativo en su vida”.