- El organismo fiscalizador desestimó reconsideración solicitada por la empresa y reafirmó su competencia para interpretar contratos individuales y colectivos de trabajo para el ejercicio de su facultad fiscalizadora de cumplimiento de la ley.
La Dirección del Trabajo volvió a sentenciar a favor de las y los trabajadores de Entel. Esto, luego que la compañía presentara un recurso de reconsideración al primer dictamen de la entidad fiscalizadora (septiembre de 2021) en aquella parte que declaró ilegal el tope de 130% establecido en las metas de los incentivos remuneracionales de las y los Ejecutivos de Desarrollo de ENTEL.
Todo esto se da en el marco un requerimiento realizado por 4 de los sindicatos de la compañía en diciembre de 2020, tras más de dos años de infructuoso diálogo con la compañía por las arbitrariedades del modelo de incentivos que, impide a las y los trabajadores acceder a un pago justo por sus labores.
Y es que el cálculo para las remuneraciones variables se limita a un porcentaje (130%), aun cuando la o el trabajador haya tenido un rendimiento superior respecto a la meta establecida y además descuenta desactivaciones, migraciones y anulaciones de contratos por decisión del cliente/a hasta 7 meses atrás.
Ya en septiembre de 2021, a través de Ord. 2172 la DT sostuvo que «desconocer el rendimiento del trabajador a partir de cierto punto, es contrario al principio constitucional de la justa retribución. Y desde otra perspectiva también constituye un enriquecimiento sin causa para el empleador». Y agregó que «si la operación o venta no prosperó y fue necesaria su anulación por parte de un tercero ajeno a la relación laboral, no es lícito el descuento de remuneraciones variables devengadas y percibidas, puesto que es un riesgo que debe ser asumido por el empleador».
Ante este escenario, y respecto a dicha resolución, Entel decidió interponer un recurso de reconsideración, alegando que la DT carecía de competencia para interpretar contratos.
Frente a esto, el dictamen de este lunes fue rotundo: «en la práctica institucional de esta dirección, cotidianamente se fiscaliza el cumplimiento de contratos individuales y colectivos de trabajo, lo cual, como se ha dicho, no es posible hacerlo sin interpretar esas normas. Privar de esta potestad interpretativa a la DT implicaría restarle parte sustantiva de sus atribuciones fiscalizadoras».
Y agrega que «los argumentos y consideraciones hechas valer en esta oportunidad, ya fueron debidamente ponderados y analizados al emitir el pronunciamiento impugnado, por lo cual no constituyen nuevos antecedentes que permitan modificar la conclusión a la que se arriba».
Al respecto el presidente del sindicato N°1, Javier López afirma que «el fallo marca un precedente en la industria de telecomunicaciones y otras grandes empresas, cuestionando el modelo de incentivos que éstas han creado mediante indicadores arbitrarios que traspasan los riesgos del negocio a las y los trabajadores. ENTEL está vulnerando el derecho de nuestros y nuestras compañeras porque se niega a cumplir con lo que la propia Dirección del Trabajo dictaminó, es decir, que ENTEL NO puede colocar límites a las metas logradas por las y los trabajadores, como lo hace hoy para NO pagar lo justo».
En este sentido, López señala que espera que Entel de cumplimiento a lo concluido por la Dirección del Trabajo y pueda proponer un nuevo modelo de incentivos que siga los lineamientos de lo dictaminado y garantizando lo justo para las y los trabajadores de la empresa.
Frente al dictamen de la DT, Entel debe aplicar los nuevos requerimientos o tiene 30 días para presentar un recurso de protección ante tribunales.