El senador por la región de Arica y Parinacota, quien además es presidente de la Comisión de Seguridad Pública, José Miguel Insulza, anunció el ingreso de varias indicaciones en el proyecto de ley que modifica el Código Penal para castigar con penas privativas de libertad el delito de usurpación, ampliar el período flagrancia y facilitar la detención de los ocupantes. «Fue presentado un proyecto de Ley solo con penas, las que en ningún caso van a resolver el problema», señaló además que el aumento de penas es ridículo, en algunos casos, «como el trabajo forzado de 15 días, lo que no sirve como disuasivo».
El proyecto que se quiere modificar, dispone que los delitos de usurpación violenta, el de usurpación legitima y el de usurpación no violenta, serán flagrantes desde que se dé inicio a su ejecución. Asimismo, mientras persista la ocupación para los efectos del art. 130 letra a) del Código Procesal Penal (situaciones de flagrancia) en relación con el art. 83 letra b) del mismo cuerpo legal (actuaciones de la policía sin orden previa) se considerará flagrancia todo ese lapso; en consecuencia, con esta norma, Carabineros de Chile y la PDI podrían detener a los partícipes de un delito de usurpación flagrante, sin necesidad de recibir previamente instrucciones particulares de los fiscales.
Considerando lo anterior, el parlamentario propone modificar esta situación, «por lo inadecuado que resulta la detención en este caso y porque resulta coherente con evitar utilizar el poder punitivo del Estado en situaciones de esta naturaleza. Se pretende que el dueño o legítimo poseedor recupere la cosa usurpada y el ejercicio de su derecho sobre ella. Lo central es reivindicar el derecho de la persona usurpada. No es lo fundamental detener al usurpador, ni tampoco imponer penas reñidas con el derecho internacional como es el caso de consagrar como pena principal a los Servicios en Beneficio de la Comunidad, el que existe en nuestro ordenamiento jurídico cuando se aplica como pena sustitutiva y desde luego contando con la voluntad del penado».
En términos simples, el legislador socialista, lo que propone con estas indicaciones, es sustituir el referido artículo por un nuevo tipo penal llamado usurpación sistemática u organizada que tipifica la asociación ilícita para usurpar inmuebles con una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años), autorizándose también la utilización de las técnicas especiales de investigación del artículo 226 bis del Código Procesal Penal. «Esta norma guarda total correspondencia con la idea matriz del proyecto ya que en los antecedentes de la moción parlamentaria se señala que el caso que pretende regular la presente iniciativa se enfoca en aquellos grupos organizados que buscan lucrar ilícitamente, usurpando terreno ajeno y estafando a los compradores, quienes por esta transacción no se hacen dueños del predio».
El senador Insulza, ha puesto especial énfasis en perseguir las organizaciones detrás de usurpaciones de terreno. «Nos parece necesario trabajar en este tema, no podemos permitir verdaderas bandas ofreciendo terrenos por una cantidad de dinero, haciendo tomas sin nadie adentro, esperando poder lucrar con un terreno loteado que no les pertenece», finalizó.